El 14 de abril de 2026 el Gobierno de España aprobó la regularización extraordinaria de personas migrantes mediante el Real Decreto 316/2026. El plazo para solicitarla está abierto desde el 16 de abril y cierra el 30 de junio de 2026, sin prórroga. Si cumples los requisitos, esta es tu oportunidad.

¿Quién puede regularizarse?

Puedes acogerte a este proceso si te encuentras en una de estas dos situaciones:

  • Estás en situación administrativa irregular y llegaste a España antes del 1 de enero de 2026.
  • Solicitaste protección internacional (asilo) en España antes del 1 de enero de 2026.

Requisitos obligatorios

  • Haber estado en España antes del 1 de enero de 2026.
  • Acreditar 5 meses de permanencia ininterrumpida en el momento de presentar la solicitud.
  • Carecer de antecedentes penales en España, en tu país de origen y en los países donde hayas residido en los últimos 5 años. No es necesario si llevas más de 5 años en España.
  • No tener una autorización de residencia en vigor ni un trámite de renovación en curso.

¿Qué documentos necesitas?

  • Solicitud según el modelo oficial (disponible en el portal de la Regularización).
  • Copia completa del pasaporte, cédula de inscripción o título de viaje (puede estar caducado).
  • Documentación que acredite que estabas en España antes del 1 de enero de 2026: facturas, contratos de alquiler, envíos de dinero, empadronamiento, justificantes de compra, billetes, informes médicos. Vale cualquier documento con tu nombre y una fecha.
  • Documentación que acredite 5 meses de permanencia continua hasta la fecha de solicitud.
  • Certificado de antecedentes penales.

Importante: el empadronamiento solo no es suficiente, pero combinado con otros documentos sí es válido.

¿Cómo solicitarla?

Hay dos vías:

  • Telemática: a través de la plataforma Mercurio, disponible 24h. Necesitas firma digital o Cl@ve.
  • Presencial: con cita previa a través de la plataforma Mercurio. Atención en horario de tarde (16:00 a 19:00h) en oficinas habilitadas en toda España.

¿Qué obtienes si te la aprueban?

  • Autorización de residencia y trabajo por 1 año, renovable.
  • Número de la Seguridad Social desde el momento de admisión a trámite.
  • Permiso para trabajar por cuenta ajena o propia en cualquier sector y en cualquier parte de España.
  • Si tienes hijos menores, pueden tramitar su permiso en la misma cita: duración de 5 años.
  • Archivo del procedimiento de expulsión si lo hubiera.

Plazos clave

  • 16 de abril de 2026 — apertura del plazo (telemático y cita previa presencial).
  • 20 de abril de 2026 — inicio de atención presencial.
  • 30 de junio de 2026 — cierre del plazo. Sin prórroga.
  • 3 meses — plazo máximo de resolución. Si no hay respuesta, se considera denegada.
  • 1 mes tras resolución favorable — para tramitar la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero).

¿Y si tengo un arraigo en trámite?

Si tenías un arraigo presentado antes de la entrada en vigor del Real Decreto, te será concedido sin necesidad de tramitar otra solicitud. La solicitud de regularización paraliza cualquier otro trámite en curso hasta su resolución.

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo puedo solicitar la regularización 2026?

El plazo cierra el 30 de junio de 2026, sin posibilidad de prórroga. Tanto la vía telemática como la presencial cierran ese día.

¿Cuánto tiempo tengo que llevar en España para regularizarme?

Debes acreditar que estabas en España antes del 1 de enero de 2026 y que llevas al menos 5 meses de permanencia ininterrumpida en el momento de presentar la solicitud.

¿El empadronamiento es suficiente para demostrar que llevo tiempo en España?

No por sí solo. El empadronamiento es un documento válido pero debe combinarse con otros: facturas, contratos, envíos de dinero, billetes, informes médicos. Cualquier documento con tu nombre y una fecha.

¿Puedo trabajar mientras espero la resolución?

Sí. Desde el momento en que se admite a trámite tu solicitud ya puedes residir y trabajar legalmente en cualquier sector y en cualquier parte de España. También recibes número de la Seguridad Social.

¿Qué pasa si tengo un expediente de expulsión?

Si se aprueba tu regularización, el expediente de expulsión queda archivado automáticamente.